Jue. Nov 30th, 2023

«Desproporcionado». “Desconocimiento del principio constitucional de proporcionalidad de las penas” : los diputados de la comisión de leyes no fueron muy tiernos, el miércoles 8 de marzo, con los senadores durante el examen del proyecto de ley «relativo a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos (JOP) y que contiene varias otras disposiciones». Sobre todo tratándose de examinar los artículos de este texto relativos a las sanciones aplicables durante actos de descortesía o violencia en los escenarios deportivos, cuyo contenido el Senado había endurecido en enero. Se han suprimido ciertas disposiciones votadas por los senadores, y otras se han vuelto a llevar a la versión inicial del gobierno.

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Eliminación de una sanción creada por el Senado

La comisión de derecho de la Asamblea Nacional votó así la derogación del artículo 12 bis, que el Senado había introducido en contra de los consejos del Gobierno: pretendía castigar con 3 años de prisión y 45.000 euros de multa a los autores de actos de violencia en un recinto deportivo con resultado de incapacidad. por trabajo menor o igual a ocho días o que no haya producido incapacidad para el trabajo.

“Según la legislación aplicable, esta violencia constituye un delito contravencional sancionado con multa de quinta clase, es decir, 1.500 euros”, recordó Sacha Houlié (Renacimiento), presidente de la comisión de derecho y autor de una de las dos enmiendas de supresión que se aprobaron. Las sentencias dictadas por el Senado habrían tenido «carácter excesivo», añadió.

Durante su audiencia ante la Comisión de Derecho el 1 de marzo, Amélie Oudéa-Castéra, ministra de Deportes y JOP, había pedido implícitamente a los diputados que eliminaran el artículo adoptado por los senadores. Se había referido a una disposición que abarcaba «contra la eficacia jurídica».

Volver al texto original para las sanciones dirigidas a la entrada ilegal en un estadio o en un terreno de juego

En cuanto al artículo 12 del proyecto de ley, que pretende crear dos delitos sancionando «entrada ilegal en un estadio deportivo» y el hecho “entrar o permanecer en su área de competencia sin motivo legítimo”los diputados optaron por volver al texto propuesto por el gobierno.

En la redacción inicial, sólo las personas que actuaran como reincidentes o en una reunión eran susceptibles de ser sancionadas con una multa de 7.500 euros, siendo sancionados con una multa de 1.500 euros los infractores aislados por primera vez (multa de 5mi categoría). Los senadores habían decidido que estos infractores aislados por primera vez serían pasibles de una multa de 3.750 euros.

“Una sentencia desproporcionada”, revelan Guillaume Vuilletet (Renacimiento) y Stéphane Mazars (Renacimiento), ambos ponentes del proyecto de ley. Los diputados optaron por rebajar la sanción a una multa de 1.500 euros. “En caso de reincidencia o comisión del delito en asamblea, los infractores se expondrán a una pena más grave. Así, se respetarán mejor los principios de proporcionalidad y gradación de las penas.recordó el Sr. Mazars.

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Exclusión de bombas de humo y reducción de la duración de la prohibición del estadio

Sin embargo, los diputados no sólo se esforzaron por calmar el ardor de los senadores. También incluyeron algunas de las disposiciones propuestas por el gobierno. Sobre las prohibiciones administrativas a los estadios, por ejemplo, para solicitar el artículo 13 del proyecto de ley propone que sean obligatorias para los autores de los delitos penales: introducción de alcohol, acceso al estadio en estado de ebriedad, incitación al odio y la violencia, uso de cohetes o fuegos artificiales, lanzamiento de proyectiles peligrosos, ingreso ilegal al área de juego.

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A propuesta del Sr. Houlié, los diputados eliminaron la introducción de bombas de humo de esta lista, «siempre que estos artefactos pirotécnicos no se utilicen como proyectiles que presenten un peligro para la seguridad de las personas». El presidente de la comisión jurídica recordó, al respecto, que«Actualmente se está realizando un experimento para regular el uso de bombas de humo en las gradas de determinados estadios».

Del mismo modo, el Sr. Houlié hizo aprobar una enmienda que reducía la duración máxima de las prohibiciones administrativas de estadio a doce meses, y a veinticuatro meses en caso de reincidencia (es decir, si, dentro de los tres años anteriores, la persona ya ha sido objeto a una orden de prohibición). “Se trata de poner fin al continuo empeño que llevó, entre 2006 y 2016, a multiplicar por doce esta duración, sin evaluar la aplicación de la medida”suplicó el presidente de la comisión de leyes.

Relajación de la obligación de señalar

La Comisión Jurídica también adoptó una enmienda del Sr. Vuilletet destinada a «desviado» la obligación de cronometrar, que acompaña a la prohibición del estadio, “mientras ajusta su implementación”. En este caso, se trata de que el tribunal que pronuncie la prohibición del estadio especifique las manifestaciones para las que se requiere al condenado” está obligado a responder a las citaciones de la policía o de la gendarmería. y deja que ella lo haga “teniendo en cuenta las obligaciones familiares, sociales y profesionales del condenado a esta pena”.

En este sentido, considerando que las obligaciones de señalar «son desproporcionadamente restrictivos, mucho más que la prohibición del estadio»los diputados también aprobaron una enmienda del grupo parlamentario LFI-NUPES, que especifica que estos deben ponerse en marcha “sólo si resulta evidente que el destinatario tiene la intención de eludir la medida de prohibición”.

En un informe escrito en mayo de 2020, los parlamentarios Marie-George Buffet y Sacha Houlié recomendaron «objetivo» el uso de la obligación de señalar “en los casos que lo justifiquen, y no para sistematizarlo”, mientras da «la posibilidad de ajustes para eliminar el carácter vejatorio y punitivo que con demasiada frecuencia adquiere».

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